lunes, 6 de septiembre de 2010

informe once

DE LA ORGANIZACION TERRITORIAL

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

fuera de la división general del territorio, el estado por medio de la ley es el encargado de los servicios y funciones de el repartimiento de tierras.
las entidades que se ocupan de el repartimiento de los territorios son los distritos los municipios y los territorios indidenas,la ley nles da el poder del caracter e identidades territoriales por supuesto a las regiones y las provincias que eetan bajo ley.







la ley podrá darles el carácter de entidades territoriales a las regiones y provincias que se constituyan en los términos de la Constitución y de la ley.

Art. 287. Las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de sus intereses, y dentro de los límites de la Constitución y de la ley. En tal virtud tendrán los siguientes derechos:

Gobernarse por autoridades propias.
Ejercer las competencias que les correspondan.
Administrar sus recursos y establecer los tibutos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
Art. 288. La Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial establecerá la distribución de competencias entre la Nación y las entidades territoriales.

Las competencias atribuídas a los distintos niveles territoriales serán ejercidas conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidariedad en los términos que establezca la ley.

Art. 289. Por mandato de la ley, los

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